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LAS LEYES DE BURGOS


Indios trabajando en la plantación de un español

En Burgos, España, el 27 de enero de 1512 se dictaron una serie de ordenanzas englobadas bajo el titulo de Leyes de Burgos, para el gobierno con mayor justicia del elemento indígena. La causa de su promulgación era el problema jurídico que se había planteado por la conquista y colonización de Indias, en donde el derecho común castellano no podía aplicarse.

El ámbito de implantación de las leyes debía comenzar por la isla de La Española, para extenderse más tarde a Puerto Rico y Jamaica. Las ordenanzas autorizan y legalizan la práctica de los repartimientos en encomienda de indios por parte de los colonizadores a razón de un mínimo de 40 y un máximo de 150 individuos, pero se esforzaron en establecer una minuciosa regulación del régimen de trabajo, jornal, alimentación, vivienda, higiene y cuidado de los indios en un sentido altamente protector y humanitario.

Se prohibió terminantemente a los encomenderos la aplicación de todo castigo a los indios, el cual se reserva a los visitadores establecidos en cada pueblo y encargados del minucioso cumplimiento de las leyes. Las mujeres embarazadas de más de cuatro meses eran eximidas del trabajo.

Se ordenó la catequesis de los indios, se condenó la bigamia y se les obligó a que construyan sus bohíos o cabañas junto a las casas de los españoles. Se respetó, en cierto modo, la autoridad de los caciques, a los que se eximió de los trabajos ordinarios y se les dio varios indios como servidores.

El incumplimiento de las leyes en una multitud de casos, originó numerosas reclamaciones y protestas.


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